Cabinet Kohen Avocats · Paris

Maître Reda KOHEN intervient en droit immobilier, droit des sociétés et droit des affaires à Paris. Première analyse offerte, réponse personnelle sous 24 heures.

100 % confidentiel · Secret professionnel · Sans engagement

Barreau de Paris Immobilier, sociétés, affaires Fiche CNB avocat.fr
Maître Reda KOHEN, avocat au Barreau de Paris
Maître Reda KOHEN
Avocat au Barreau de Paris

Heredero español con cuenta bloqueada y casa en Francia: certificado sucesorio europeo, notario y venta

Introducción: el banco no suelta el dinero y la casa sigue a nombre del fallecido. ¿Por dónde se empieza?

Usted vive en España y acaba de perder a su padre, a su madre o a su cónyuge. Esa persona tenía una casa en Francia y una cuenta en un banco francés. Usted llama al banco y la respuesta es siempre la misma: la cuenta está bloqueada y no se puede mover nada hasta que se demuestre quién es el heredero. El notario francés, por su parte, le habla de papeles con nombres desconocidos: acta de notoriedad, certificado sucesorio europeo, acta inmobiliaria. Y la casa sigue inscrita a nombre de una persona fallecida, de modo que no se puede vender ni repartir.

Este artículo explica, paso a paso y con el derecho francés vigente verificado durante este trabajo, cómo desbloquea un heredero español una cuenta bancaria en Francia, cómo inscribe la casa a nombre de los herederos y cómo decide después entre conservarla y venderla. Cada término francés se explica en su primera aparición. Las citas breves en francés son el texto oficial; lo que sigue es una explicación en español presentada como traducción, no como cita literal.

La idea central es sencilla y conviene retenerla desde el principio: en Francia el banco no discute si usted es buena persona ni si tiene razón moral. El banco exige una prueba formal de la cualidad de heredero, y esa prueba puede ser francesa o europea. Una vez probada esa cualidad, queda un segundo tramo distinto: la casa solo cambia de titular mediante un documento notarial inscrito en la publicidad inmobiliaria francesa. Son dos carriles separados, el del dinero y el de la casa, y cada uno tiene sus pruebas, sus plazos prácticos y sus recursos si algo se atasca.

I. Desbloquear la cuenta del banco francés: probar que usted es el heredero

El bloqueo de la cuenta no es un capricho del empleado de la sucursal. Cuando el banco conoce el fallecimiento, protege los fondos de posibles reclamaciones y solo paga a quien demuestra su derecho. Para un heredero que vive en España, la dificultad práctica consiste en reunir una prueba que el banco francés acepte sin pedirle cada mes un documento nuevo. El derecho francés ofrece dos caminos principales, uno francés y otro europeo, y una sentencia importante de la Corte de Casación aclara qué puede y qué no puede exigir el banco.

A. Las dos pruebas que acepta el banco: el acta de notoriedad francesa y el certificado sucesorio europeo

En Francia, la prueba de la cualidad de heredero se establece por todos los medios. La sucesión se abre con la muerte en el último domicilio del fallecido, como dispone el artículo 720 del Código civil con la fórmula oficial: Les successions s’ouvrent par la mort, au dernier domicile du défunt. Y los herederos designados por la ley quedan investidos de pleno derecho de los bienes, derechos y acciones del fallecido, según el artículo 724 del Código civil. El artículo 730 del Código civil dispone que la prueba de la cualidad de heredero se establece por todos los medios, con la fórmula oficial: La preuve de la qualité d’héritier s’établit par tous moyens. Esta frase significa, en traducción explicativa, que ningún medio de prueba está excluido por principio. Pero los bancos, por seguridad, piden documentos notariales precisos, no simples explicaciones familiares.

El documento francés habitual es el acta de notoriedad, en francés acte de notoriété. La expide un notario francés a petición de uno o varios herederos. El artículo 730-1 del Código civil describe su contenido: el notario recoge el acta de defunción, los documentos del estado civil y, en su caso, las disposiciones de última voluntad que afecten a la transmisión, y recoge la afirmación firmada de los solicitantes de que tienen vocación de recoger toda o parte de la sucesión, solos o con otras personas que designan. Dicho de forma práctica, el acta de notoriedad es el papel donde un notario francés, después de comprobar el fallecimiento, la familia y el testamento si existe, declara quiénes se presentan como herederos y con qué documentos lo justifican. Los bancos franceses conocen bien este documento y suelen desbloquear con él, al menos para los actos de gestión corriente de la sucesión.

El segundo camino es europeo y resulta especialmente útil cuando el heredero vive en España: el certificado sucesorio europeo, en francés certificat successoral européen y abreviado CSE. Fue creado por el Reglamento europeo de sucesiones número 650/2012, artículo 62, como instrumento pensado para que la cualidad de heredero y los poderes de administradores o ejecutores se prueben en otro Estado miembro sin necesidad de un procedimiento nuevo en cada país. Sus efectos se describen en el artículo 69 del mismo Reglamento: el certificado produce una presunción de exactitud de lo que acredita y protege al tercero de buena fe que paga o entrega bienes a la persona designada en él. En traducción explicativa, esto significa que el banco que paga de buena fe a quien figura en el certificado queda protegido, y que lo escrito en el certificado se presume exacto mientras no se demuestre lo contrario.

La profesión notarial francesa presenta este certificado como la herramienta prevista precisamente para las sucesiones transfronterizas, y la página oficial del notariado francés dedicada al certificado sucesorio europeo explica quién puede solicitarlo y para qué sirve ante administraciones, bancos y registros de otros países. La guía administrativa oficial sobre el arreglo de una sucesión en Francia describe a su vez el itinerario general: acreditar el fallecimiento, identificar a los herederos, inventariar los bienes y las deudas, y recurrir al notario cuando hay inmuebles, testamento o donaciones.

La pregunta que todo heredero español hace en este punto es si el banco está obligado a aceptar el certificado sucesorio europeo sin añadir formalidades propias. La respuesta matizada la dio la primera sala civil de la Corte de Casación francesa en una sentencia muy leída por los bancos. En su sentencia de 13 de abril de 2022, recurso número 20-23.530, publicada en el Boletín, la Corte juzgó el caso de un heredero con certificado sucesorio europeo expedido en Alemania que reclamaba a un banco francés la entrega de los fondos. El banco exigía la prueba del registro del testamento extranjero ante la administración fiscal francesa. La Corte rechazó el recurso del heredero contra esa exigencia y fijó dos ideas que conviene entender bien. Primera idea: el certificado tiene eficacia probatoria pero no constituye un título ejecutivo; en la fórmula del considerando 71 del Reglamento, atestigua la cualidad y los derechos de heredero, pero no agota necesariamente las formalidades necesarias para obtener la ejecución de esos derechos. Segunda idea: el Reglamento excluye de su ámbito las materias fiscales y administrativas, de modo que la exigencia de registro de un testamento otorgado en el extranjero, prevista por el artículo 1000 del Código civil y por el artículo 655 del Código general de los impuestos, es una formalidad fiscal que no vulnera por sí misma el efecto útil del certificado cuando no pone en cuestión su fuerza probatoria.

En español corriente, esta sentencia significa tres cosas prácticas para usted. Primera, el certificado sucesorio europeo es una prueba fuerte y el banco no puede tratarlo como si no valiera nada. Segunda, el banco puede pedir formalidades complementarias cuando esas formalidades pertenecen a otro carril, como el fiscal o el administrativo, y no niegan lo que el certificado acredita. Tercera, si el testamento se otorgó en el extranjero y dispone de bienes situados en Francia, prepárese para el trámite de registro fiscal del testamento: los textos citados exigen que los testamentos hechos en país extranjero se registren en la oficina del domicilio del testador o de su último domicilio conocido en Francia y, si contienen inmuebles situados en Francia, además en la oficina del lugar donde están esos inmuebles, sin que pueda exigirse un doble derecho. Este registro no es el impuesto de sucesiones completo, sino una formalidad previa de la que el banco puede pedir justificante.

Para elegir entre acta de notoriedad y certificado sucesorio europeo, piense en su situación concreta. Si toda la familia está identificada, hay un notario francés que ya lleva el expediente y los bienes están en Francia, el acta de notoriedad suele bastar y sale del propio expediente francés. Si usted vive en España, el fallecido vivió o testó en España, o necesita hacer valer su cualidad ante varios países o varios interlocutores a la vez, el certificado sucesorio europeo evita duplicar documentos y viaja mejor entre Estados miembros. En muchos expedientes reales se combinan: el notario francés expide el acta de notoriedad para el tramo francés y solicita o recibe el certificado europeo para el tramo transfronterizo. Si desea situar este paso dentro del itinerario completo de aceptación, inventario y deudas, puede apoyarse en la guía sobre aceptar una herencia con casa en Francia, indivisión y venta, y si el fallecido dejó testamento en España conviene revisar también la explicación sobre testamento español, ley aplicable y reserva de los herederos.

B. Itinerario práctico desde España: papeles, banco que se resiste y qué recurso existe

El itinerario práctico empieza antes de llamar al banco. Reúna el acta de defunción, el libro de familia o las certificaciones de nacimiento y matrimonio que acrediten el parentesco, el testamento si existe con su traducción jurada cuando esté en español, y los documentos de identidad de todos los herederos conocidos. Si hay un notario en España que ya tenga el testamento o la declaración de herederos, pídale copia autorizada y pregunte si puede expedir el certificado sucesorio europeo o si debe hacerlo el notario francés que lleva los bienes de Francia. El certificado se solicita ante la autoridad competente del Estado cuya ley rige la sucesión o ante la autoridad que el Reglamento designa, y en la práctica franco-española suele intervenir el notario. No encargue traducciones libres de los documentos esenciales: el banco y el notario francés trabajan con traducciones juradas y con copias que permitan identificar el sello y la firma.

Con esos papeles, el notario francés prepara el acta de notoriedad o integra el certificado sucesorio europeo al expediente. A continuación se dirige al banco con la solicitud de desbloqueo y de pago. Guarde cada envío con fecha y acuse de recibo: carta con acuse de recibo o correo con confirmación escrita. Anote el nombre del interlocutor, la fecha y lo que le pide exactamente. Si el banco pide el registro fiscal del testamento extranjero, no lo interprete como una negativa definitiva: es la formalidad descrita en la sentencia de 2022 y conviene cumplirla cuanto antes para quitar ese pretexto. Si el banco pide además una garantía o una firma conjunta de todos los herederos para mover fondos importantes, esa prudencia es habitual cuando hay varios herederos o un testamento discutido.

Si el banco se niega a pagar pese a un certificado válido y un expediente completo, actúe por escrito y por grados. Primero, un requerimiento formal al banco con copia del certificado, del acta de notoriedad si existe, del justificante del registro fiscal del testamento cuando se haya exigido, y un plazo razonable de respuesta. Segundo, una reclamación ante el servicio de reclamaciones del banco y después ante el mediador bancario competente, aportando el mismo dossier ordenado. Tercero, la vía judicial para obtener la liberación de los fondos y, en su caso, una indemnización si la retención fue abusiva. La sentencia de 2022 muestra que el juez distinguirá entre la fuerza probatoria del certificado, que el banco debe respetar, y las formalidades fiscales o administrativas separadas, que el banco puede exigir cuando la ley las prevé. Por eso el recurso funciona mejor cuando usted llega al juez con el certificado válido, el registro fiscal hecho y la trazabilidad completa de sus peticiones.

Tres errores frecuentes bloquean estos expedientes durante meses. El primero consiste en enviar al banco fotos sueltas de documentos españoles sin traducción ni notario, esperando que la sucursal haga el trabajo de calificación. El segundo consiste en ocultar al banco o al notario la existencia de otros herederos o de un testamento posterior, lo que obliga a rehacerlo todo cuando aparece. El tercero consiste en confundir el desbloqueo de la cuenta con el reparto definitivo: el banco puede autorizar pagos para gastos urgentes de la sucesión, como el seguro de la casa, los cargos de copropiedad o el notario, sin que eso signifique que cada heredero ya puede llevarse su parte. Si la casa arrastra deudas o hipoteca, no anticipe el reparto del dinero hasta tener el inventario completo; la guía sobre deudas, hipoteca, renuncia y beneficio de inventario explica las opciones antes de aceptar a ciegas.

Un caso práctico ayuda a fijar el orden. Imagine que su madre, residente en España, fallece dejando un piso en Lyon y una cuenta en un banco francés. Usted y su hermana son las únicas herederas. El testamento se otorgó ante notario español. El itinerario sensato es el siguiente: obtienen el acta de defunción y las certificaciones de familia, localizan el testamento y su traducción jurada, contactan con un notario francés del lugar del inmueble para abrir el expediente, le preguntan si conviene pedir el certificado sucesorio europeo además del acta de notoriedad, cumplen el registro fiscal del testamento extranjero cuando se lo pidan, y presentan al banco el paquete completo con acuse de recibo. Si el banco paga, el dinero entra en la cuenta de la sucesión bajo control del notario. Si el banco retiene sin motivo jurídico preciso, se escala por escrito hasta el mediador y el juez con el dossier fechado. En ningún momento se discute por teléfono sin dejar rastro: todo por escrito, todo fechado, todo guardado.

II. La casa de Francia: inscribirla a nombre de los herederos y decidir qué hacer con ella

Desbloquear la cuenta no vende la casa. Mientras el inmueble siga inscrito a nombre del fallecido, nadie puede venderlo de forma segura para el comprador. El derecho francés exige un documento notarial específico y su inscripción en la publicidad inmobiliaria. Después, los herederos deben decidir juntos: conservar, alquilar, vender o pedir la partición. Esta segunda parte explica ese segundo carril con sus pruebas y sus plazos prácticos.

A. Inscribir la casa: el acta inmobiliaria del notario y la publicidad inmobiliaria

Cuando una persona fallece dejando un inmueble en Francia, el notario francés redacta un documento llamado attestación inmobiliaria, en francés attestation immobilière. No es un simple certificado de herederos: es el instrumento que permite publicar el cambio de titular en el registro francés competente, el servicio de publicidad inmobiliaria, en francés service de publicité foncière. Sin esta publicación, el comprador futuro no tendría la seguridad de que quien vende es realmente el titular, y el notario del comprador se negaría a firmar la venta. Por eso el notario francés es obligatorio en este tramo aunque usted ya tenga un notario en España: solo el notario francés puede otorgar e inscribir el acta inmobiliaria sobre un inmueble situado en Francia.

El contenido del acta inmobiliaria identifica el inmueble con sus referencias catastrales y registrales, recoge la identidad del fallecido y de los herederos según el acta de notoriedad o el certificado sucesorio europeo, y describe los derechos de cada uno, incluida la eventual indivisión. La indivisión, en francés indivision, es la situación en la que varios herederos son titulares juntos del mismo bien sin división material. Nadie puede ser obligado a permanecer en indivisión para siempre, como recuerda el artículo 815 del Código civil con la fórmula oficial: Nul ne peut être contraint à demeurer dans l’indivision et le partage peut toujours être provoqué. En traducción explicativa, esto significa que cualquier coheredero puede pedir la partición y salir de la titularidad conjunta, salvo suspensión por sentencia o convenio. Pero mientras la indivisión dura, los actos importantes sobre la casa exigen acuerdo, y la venta a un tercero exige en principio la unanimidad o una autorización judicial en los casos previstos.

Los gastos y los impuestos de este tramo deben distinguirse con cuidado. El notario cobra sus emolumentos por redactar y publicar el acta, el registro percibe sus derechos de publicación, y la fiscalidad de la sucesión sigue su propio cauce ante la administración. Este artículo no desarrolla la fiscalidad porque pertenece a la guía de fiscalidad franco-española; aquí basta retener que el pago o la garantía del impuesto no sustituye al acta inmobiliaria ni la publica por sí solo. Si un hermano le dice que con pagar el impuesto la casa ya es de ustedes, desconfíe: sin acta inmobiliaria publicada, la titularidad frente a terceros sigue sin actualizarse.

Dos comprobaciones prácticas evitan sorpresas en este punto. Primera, pida al notario francés copia del acta inmobiliaria publicada con la mención del servicio de publicidad inmobiliaria, fecha y referencias. Segunda, verifique que la descripción del inmueble coincide con la realidad: superficie, anexos, plazas de garaje, sótano y servidumbres. Si detecta un error, pida la corrección notarial antes de poner la casa a la venta, porque el comprador y su banco revisarán esa cadena de titularidad. Si la casa está en copropiedad, solicite además el estado de cargas, las actas de las últimas juntas y los proyectos de obras votados o previstos: el comprador los pedirá y el precio dependerá de ellos.

Cuando hay desacuerdo entre herederos sobre la casa, no espere a que el conflicto se enquiste. La guía sobre indivisión bloqueada, venta y autorización judicial detalla cómo se pide la autorización para vender y cómo se provoca la partición. La idea esencial es que el bloqueo de uno no condena a los demás a la parálisis eterna: el artículo 815 del Código civil abre la puerta a la partición, y el juez puede autorizar la venta cuando el interés común lo exige y se cumplen las condiciones legales.

B. Conservar, alquilar o vender: decidir con pruebas, cuentas claras y plazos realistas

Una vez inscrita la casa a nombre de los herederos, llega la decisión económica y familiar. Conservar significa asumir juntos el seguro, los impuestos locales, los cargos de copropiedad y el mantenimiento. Alquilar significa elegir un régimen de arrendamiento francés, redactar un contrato conforme, fijar la fianza dentro de los límites, hacer un estado de entrada riguroso y declarar los alquileres donde corresponda. Vender significa fijar un precio realista, reunir los diagnósticos técnicos obligatorios, firmar un antecontrato y después la escritura ante notario. Cada opción tiene sus pruebas y sus cuentas, y conviene decidir con números, no con recuerdos de vacaciones.

Si optan por vender, el orden francés habitual es el siguiente. Primero, el notario verifica la titularidad publicada y la situación de cargas: hipotecas, embargos, servidumbres y reglas de copropiedad. Segundo, el vendedor reúne los diagnósticos técnicos obligatorios del inmueble, porque su ausencia o su error puede dar lugar a recursos del comprador después de la venta. Tercero, las partes firman un antecontrato, compromiso o promesa, que fija el precio, las condiciones suspensivas como la obtención del préstamo del comprador, y las consecuencias si una parte se retira. Cuarto, el notario prepara la escritura definitiva, calcula los fondos, cancela las cargas con el precio y reparte el remanente entre los herederos según sus derechos. Si usted vende como heredero, guarde el acta inmobiliaria, el acta de notoriedad o el certificado sucesorio europeo, y cada justificante de gastos pagados por la indivisión, porque servirán para las cuentas finales entre coherederos.

Las cuentas entre coherederos merecen un apartado propio porque originan la mitad de los litigios. Quien ocupó la casa en exclusiva después del fallecimiento puede deber a los demás una indemnización de ocupación. Quien pagó solo el seguro, los cargos o las reparaciones necesarias puede pedir el reembolso. Quien vendió muebles o cobró alquileres debe rendir cuentas. Lleve desde el primer día una contabilidad simple con fechas, conceptos, justificantes y transferencias. Si un hermano ocupa la vivienda y se niega a pagar o a salir, no improvisen el corte de suministros ni el cambio de cerradura: existen vías civiles con prueba y procedimiento, y la improvisación se vuelve en contra.

Los plazos realistas también forman parte de la prueba. El desbloqueo bancario puede resolverse en semanas cuando el dossier está completo, pero se alarga meses si falta el registro del testamento extranjero o si aparece un heredero nuevo. El acta inmobiliaria depende de la obtención de los documentos de estado civil, de las respuestas del registro y de la carga del estudio notarial. La venta depende del mercado local, de los diagnósticos y de la financiación del comprador. Desconfíe de quien le promete una venta en quince días sin haber visto la titularidad ni los diagnósticos: en Francia el notario del comprador revisará la cadena completa y detectará el eslabón débil.

Un último punto práctico para quienes viven en España: organice la firma a distancia con tiempo. El notario francés puede proponer la comparecencia por videoconferencia cuando se cumplen las condiciones técnicas y de identidad, o un poder notarial otorgado en España, traducido y apostillado cuando se exige. No espere a la víspera de la escritura para pedir el poder: la notaría española, la traducción jurada y la apostilla llevan sus propios plazos. Y conserve en un único archivo, en papel y en digital, el acta de defunción, el testamento con su registro, el acta de notoriedad o el certificado sucesorio europeo, el acta inmobiliaria publicada, los justificantes bancarios y la contabilidad de la indivisión. Ese archivo es su prueba completa si el banco, un coheredero o un comprador discuten más tarde.

Conclusión

Si usted es español y hereda una casa con cuenta bancaria en Francia, retenga el orden correcto: primero se prueba la cualidad de heredero ante el banco con el acta de notoriedad francesa o con el certificado sucesorio europeo, cumpliendo cuando proceda el registro fiscal del testamento extranjero; después se inscribe la casa mediante el acta inmobiliaria del notario francés en la publicidad inmobiliaria; y solo entonces se decide con conocimiento entre conservar, alquilar o vender, con cuentas claras entre coherederos. El Reglamento europeo de sucesiones facilita la prueba transfronteriza, la sentencia de la Corte de Casación de 13 de abril de 2022 aclara que esa prueba fuerte no elimina las formalidades fiscales separadas, y el artículo 730, el artículo 730-1, el artículo 1000 y el artículo 655 del impuesto encuadran el itinerario, con la salida de la indivisión garantizada por el artículo 815. Con el dossier completo, fechado y guardado, el banco pierde sus pretextos, la casa queda vendible y la familia decide sobre una base sana.

¿Necesita una opinión rápida sobre su caso?

Si ha heredado una casa o una cuenta en Francia y el banco o el notario le piden papeles que no entiende, podemos revisar su situación en una consulta telefónica en 48 horas con un abogado del despacho. Llame al +33 6 46 60 58 22 o escriba a través de la página de contacto de Kohen Avocats explicando quién ha fallecido, dónde están la casa y la cuenta, y qué documentos tiene ya en su poder.

Source : Cour de cassation – Base Open Data « Judilibre » & « Légifrance ».