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Maître Reda KOHEN, avocat au Barreau de Paris
Maître Reda KOHEN
Avocat au Barreau de Paris

Contraté una reforma en Francia y el albañil abandonó la obra: anticipo, plazos y recursos para terminar y cobrar

Compró una casa en Francia, o ya vivía en ella, y contrató una reforma: el baño, el tejado, las conexiones a las redes públicas, una ampliación. Firmó el presupuesto, pagó un anticipo y, después de una o dos visitas, el artesano dejó de venir. Ya no contesta, o promete una fecha que nunca cumple. La obra queda a medias, la casa sigue inhabitable o sin poder alquilarse, y el dinero ya está en sus manos. Si usted compró esa casa viviendo en España y organizó la operación a distancia, con poder notarial, señal y préstamo, el disgusto es doble, porque a la compra complicada se suma una obra parada: sobre esa primera etapa puede leer nuestra guía de cómo comprar una casa en Francia desde España sin perder el dinero.

En Francia, este conflicto tiene un itinerario probado: reunir pruebas del abandono, requerir formalmente al profesional con acuse de recibo y, después, acudir al juez para terminar la obra con otra empresa a costa del que abandonó, recuperar el anticipo pagado de más y reclamar los daños sufridos. Este artículo explica ese itinerario paso a paso, con los plazos que aplican los tribunales franceses y las pruebas que realmente pesan, a partir de los textos vigentes y de decisiones leídas íntegramente para este artículo, incluida una sentencia de julio de 2026 que resolvió exactamente este caso y una sentencia de la Corte de Apelación de París de marzo de 2025 sobre una reforma abandonada de más de 180.000 euros.

Una advertencia previa que conviene entender bien. Cuando un particular encarga una reforma eligiendo él mismo a cada empresa, firma con cada una un contrat d’entreprise, es decir, un contrato de obra o mercado privado de trabajos. Como recuerda la Dirección General de Competencia, Consumo y Represión de Fraudes (DGCCRF) en su ficha práctica dedicada al abandono de obra, este contrato no ofrece la garantía de entrega a precio y plazos cerrados que sí proporciona el contrato de construcción de casa individual, y no protege por sí solo frente al abandono: el camino es el recurso ante el juez civil. Por eso cada pago, cada correo y cada fecha cuentan, y por eso conviene actuar con método desde la primera semana de silencio.

I. Dejar constancia del abandono y requerir al artesano: la prueba manda

A. Probar que hay abandono y no una simple pausa de obra

Lo primero es distinguir dos situaciones que el derecho francés trata de forma muy distinta. Una pausa temporal justificada (mal tiempo que impide trabajar, vacaciones anunciadas, un imprevisto real de fuerza mayor) no es un abandono. La DGCCRF lo explica con claridad: el abandono de obra se caracteriza por una interrupción injustificada y una duración anormalmente larga de los trabajos. Traducción libre al español: hay abandono cuando la empresa interrumpe la obra sin motivo real y durante un tiempo anormalmente largo. Solo escapan a esta calificación los motivos serios, como un caso de fuerza mayor entendido como un acontecimiento exterior, imprevisible e irresistible, un caso fortuito, las inclemencias meteorológicas o un periodo de vacaciones. Un artesano que desaparece durante meses sin dar explicaciones, como el del caso juzgado en Bourg-en-Bresse en 2026, que solo apareció una vez en obra el 1 de octubre de 2021 y después ignoró todos los mensajes durante más de dos años, está en pleno abandono, no en una pausa.

La prueba se construye con documentos sencillos, pero hay que reunirlos desde el principio. El presupuesto firmado es ya un contrato: en el caso de Bourg-en-Bresse, el tribunal constató que el acuerdo nació el 28 de abril de 2021 con la firma del presupuesto precedida de la mención manuscrita de aceptación, aunque el documento se titulara impropiamente factura. Guarde por tanto el presupuesto firmado, los justificantes de cada anticipo y cada pago (en aquel caso, 2.040 euros pagados en octubre de 2021 y 2.720 euros en junio de 2022, en total 4.760 euros), y sobre todo todos los correos y mensajes en los que usted reclama y él promete sin cumplir. El tribunal dio valor decisivo a esa correspondencia: desde mayo de 2021 el cliente pedía intervenir sin éxito, el artesano prometió por correo terminar el 5 de abril de 2022 y faltó a la cita, y prometió venir en enero y en primavera de 2022 sin aparecer jamás. Cada promesa escrita incumplida es una prueba.

Complete el expediente con pruebas externas. Fotografíe el estado de la obra con fechas, y encargue a un commissaire de justice (el antiguo huissier de justice, el oficial público que levanta actas fehacientes) un acta de constatación del abandono y de los defectos visibles: en Bourg-en-Bresse, un acta del 3 de noviembre de 2023 confirmó que la obra seguía parada y abandonada, y el tribunal la citó expresamente junto a las fotografías. Si hay defectos técnicos o trabajos sin terminar, un informe de un perito técnico de la construcción refuerza mucho la posición: en el caso parisino de 2025, los propietarios llevaron a la recepción a un gabinete de peritos que redactó un informe con defectos y fotografías de los trabajos sin terminar, y la Corte de Apelación se apoyó en él. Guarde también la factura de la empresa que retome la obra, porque servirá para cuantificar el perjuicio: en Bourg-en-Bresse, la empresa que retomó los trabajos terminó en febrero de 2024, y esa factura permitió demostrar que la casa no era habitable hasta entonces por faltar las conexiones a las redes.

Dos precauciones mientras tanto. No pague el saldo ni nuevos anticipos a quien ya ha desaparecido una vez, por mucho que los reclame por teléfono: el segundo anticipo de 2.720 euros del caso de Bourg-en-Bresse se pagó en junio de 2022 después de una solicitud de febrero, el artesano lo cobró el 30 de junio y jamás volvió, y el tribunal ordenó restituirlo precisamente porque carecía de toda contrapartida. Y si financió la reforma con un préstamo, no deje de pagarlo por su cuenta: la DGCCRF advierte que el cliente no puede decidir unilateralmente dejar de reembolsar el crédito, aunque sí puede pedir al juez la suspensión del préstamo hasta que se resuelva el litigio, siempre que el prestamista haya intervenido o haya sido llamado al proceso. Por último, puede señalar los hechos a la DGCCRF, que es la administración competente para investigar las prácticas de los profesionales.

Si además de la obra parada descubre que los trabajos se hicieron sin el permiso municipal necesario, sepa que ese es otro frente distinto, con riesgo de demolición y multa, que tratamos en nuestro artículo sobre qué hacer si compró una casa en Francia cuya obra se hizo sin permiso. No mezcle ambos frentes en una misma reclamación confusa: termine primero de blindar la prueba del abandono.

B. El requerimiento fehaciente con plazo: la carta que hace correr los derechos

Antes de cualquier acción judicial hay que requerir formalmente al profesional, lo que en francés se llama mise en demeure, es decir, un requerimiento formal al deudor para que cumpla en un plazo determinado. Debe hacerse por carta certificada con acuse de recibo o por requerimiento notificado por commissaire de justice, y su contenido importa tanto como su forma: debe recordar la fecha de entrega prevista en el contrato, fijar un plazo concreto para retomar los trabajos y advertir expresamente de las consecuencias. El artículo 1226 del Código civil exige que ese requerimiento mencione expresamente que, si el deudor no cumple, el acreedor tendrá derecho a resolver el contrato. Traducción libre al español: salvo urgencia, hay que requerir previamente al deudor moroso para que cumpla en un plazo razonable, y el requerimiento debe decir con todas las letras que, de no cumplir, el acreedor podrá resolver el contrato.

En el caso de Bourg-en-Bresse, el cliente envió ese requerimiento el 21 de junio de 2022, el artesano acusó recibo y aun así no intervino, como demostró un correo del propio cliente de 23 de julio de 2022. Esa carta ignorada fue una pieza central de la condena: probó la gravedad del incumplimiento y abrió la puerta a la resolución judicial. Fíjese en el detalle que convenció al tribunal: no fue una llamada ni un mensaje verbal, fue un requerimiento con acuse de recibo seguido de un silencio documentado.

El mismo requerimiento sirve para convocar al profesional a la recepción de la obra, y aquí la sentencia parisina de 2025 deja una lección valiosa. La réception, la recepción de la obra, es el acto por el que el cliente declara aceptar los trabajos, con o sin reservas, y marca oficialmente el fin de la obra y el punto de partida de todas las garantías. Los propietarios de aquella reforma de 183.481,32 euros con IVA convocaron a la empresa a la recepción del 13 de diciembre de 2022 mediante carta certificada con acuse de recibo firmado el 6 de diciembre, confirmada por un correo electrónico del 7 de diciembre a la dirección que figuraba en sus facturas, correo que consta que fue leído el mismo día a las 12:20 y abierto veinticinco veces. La empresa no acudió, pero la Corte de Apelación consideró válida la convocatoria y, por tanto, válida y contradictoria la recepción con reservas firmada ese día junto al director de obra. Traducción práctica: si usted convoca correctamente y el artesano no viene, la recepción con reservas que usted firme con su perito o su director de obra produce efectos igualmente.

Después de esa recepción, los propietarios enviaron el 1 de febrero de 2023 una segunda carta certificada exigiendo levantar las reservas en el plazo de un mes, con acuse de recibo firmado el 6 de febrero. La empresa se negó alegando facturas impagadas, pero la Corte retuvo la fecha del 6 de febrero de 2023 como punto de partida de los intereses legales sobre la condena. Cada carta certificada con acuse de recibo crea así una fecha oficial: la primera demuestra el incumplimiento, la segunda hace correr los intereses y fija el marco de lo que otro profesional tendrá que rehacer.

II. Terminar la obra y recuperar el dinero: los recursos ante el juez

A. Hacer terminar la obra por otro profesional a costa del que abandonó

Cuando el requerimiento queda sin efecto, la prioridad suele ser terminar la casa, no esperar años de pleito con la obra parada. El artículo 1222 del Código civil ofrece exactamente esa salida: después del requerimiento, el acreedor puede, en un plazo y a un coste razonables, hacer ejecutar él mismo la obligación, es decir, encargar a otra empresa que termine los trabajos, y reclamar después al deudor el reembolso de las cantidades gastadas. Traducción libre al español: una vez requerido sin éxito, el cliente puede mandar terminar la obra por otro a un precio razonable y pasarle la factura al que abandonó. La propia norma añade que también puede pedir al juez que el deudor adelante las sumas necesarias para esa ejecución.

Existen dos vías judiciales complementarias, que la DGCCRF describe con precisión. El recurso urgente ante el juez de medidas provisionales, el juge des référés, permite pedir que se ordene a la empresa terminar los trabajos bajo astreinte, es decir, bajo una pena económica por cada día de retraso, o bien que se constate el abandono y se autorice a hacer terminar los trabajos por otra empresa a costa del profesional incumplidor, amparándose en el citado artículo 1222. Esta segunda opción es la preferible si la empresa está en concurso o en liquidación, porque una orden de terminar dirigida a una empresa insolvente no sirve de nada. El recurso de fondo, más largo, permite en cambio invocar la responsabilidad contractual y pedir la reparación íntegra del perjuicio, con los daños y perjuicios previstos por la ley.

La sentencia de la Corte de Apelación de París de 14 de marzo de 2025, dictada en el recurso número 24/12891, muestra cómo funciona en la práctica la vía urgente. Los propietarios reclamaban en procedimiento provisional una provisión de 27.247 euros con IVA por los trabajos de reparación y terminación, basándose en un presupuesto de una tercera empresa de 24.770 euros sin IVA. La Corte no aceptó el presupuesto tal cual: examinó partida por partida y dedujo todas las que no se correspondían con las reservas anotadas en el acta de recepción (cristaleras y tragaluces, fontanería, alicatado, electricidad, tabiques salvo el de la chimenea, entre otras), hasta dejar la provisión en 15.340 euros sin IVA, esto es, 16.874 euros con IVA, más intereses legales desde el 6 de febrero de 2023 y 3.500 euros por costas de abogado. Revocó así la resolución de primera instancia que había rechazado la demanda. La lección es doble: el presupuesto de la empresa sustituta debe ceñirse estrictamente a las reservas del acta, y todo lo que exceda de ellas será recortado por el juez.

El fundamento de fondo de esa condena fue la garantía de perfecto acabado, la garantie de parfait achèvement, que el artículo 1792-6 del Código civil define así: la recepción es el acto por el que el cliente declara aceptar la obra con o sin reservas, y el empresario queda obligado durante un año desde la recepción a reparar todos los desórdenes señalados en el acta o notificados por escrito después. Traducción libre al español: durante un año desde la recepción, el constructor debe reparar todo lo anotado con reservas y todo lo que aparezca y se le notifique por escrito. Si no hay acuerdo sobre los plazos de reparación o no se ejecutan en el plazo fijado, los trabajos pueden, tras requerimiento infructuoso, ejecutarse a costa y riesgo del empresario incumplidor. Esa última frase, citada literalmente por la Corte de Apelación, es la que permitió condenar a la empresa ausente a pagar los trabajos que otra tuvo que realizar en su lugar. Y recuerde la regla de oro que confirma esta sentencia: la recepción, incluso con el profesional ausente, hace correr la garantía siempre que la convocatoria esté probada.

B. Resolver el contrato, recuperar el anticipo y reclamar los daños

Terminar la obra no excluye ajustar cuentas con quien la abandonó. La resolución del contrato, es decir, su extinción judicial por incumplimiento, procede cuando la inejecución es suficientemente grave. El artículo 1224 del Código civil dispone que la resolución resulta de una cláusula resolutoria, o bien, en caso de inejecución suficientemente grave, de una notificación del acreedor al deudor o de una decisión judicial. Traducción libre al español: ante un incumplimiento suficientemente grave, el cliente puede resolver el contrato por notificación o pidiendo al juez que lo declare resuelto. El propio tribunal de Bourg-en-Bresse recordó que este texto no distingue: la inejecución puede ser total o parcial, de modo que un abandono a mitad de obra basta si es grave, como lo fueron dos años de ausencia con 4.760 euros ya cobrados.

Si opta por resolver por notificación, el artículo 1226 advierte que lo hace a su riesgo: el deudor puede acudir al juez en cualquier momento para impugnar la resolución, y entonces el acreedor deberá probar la gravedad del incumplimiento. Por eso, cuando el expediente no es perfecto o las sumas son importantes, pedir la resolución directamente al juez suele ser más seguro, como hizo el cliente de Bourg-en-Bresse, que demandó el 4 de diciembre de 2023 y obtuvo la resolución judicial del contrato a fecha de 1 de diciembre de 2021, por culpa exclusiva del artesano.

Resuelto el contrato, hay que deshacer los pagos conforme al artículo 1229 del Código civil: si las prestaciones solo tenían utilidad con la ejecución completa, se restituye todo; si fueron útiles a medida que se ejecutaban, no hay restitución del periodo ya aprovechado y la resolución se califica de terminación parcial. El tribunal aplicó finamente esta distinción: los trabajos realizados hasta el 1 de octubre de 2021 fueron útiles y quedaron adquiridos, pero el segundo anticipo de 2.720 euros, cobrado el 30 de junio de 2022 sin que el artesano volviera jamás, carecía de toda contrapartida, de modo que lo condenó a restituirlo. Traducción práctica: recupera lo pagado por lo no hecho, pero no lo correspondiente a lo realmente ejecutado y aprovechado.

A la restitución se suman los daños y perjuicios. El artículo 1231-1 del Código civil condena al deudor a indemnizar por la inejecución o el retraso, salvo que pruebe fuerza mayor. En Bourg-en-Bresse, el cliente reclamó 8.000 euros por perjuicio de goce, calculado a 400 euros mensuales durante veinte meses, de junio de 2022 a febrero de 2024, además de un perjuicio financiero de 1.147,20 euros y 1.000 euros de daño moral, y el tribunal constató como hecho probado que la casa no era habitable hasta el 1 de febrero de 2024 porque faltaban las conexiones a las redes de suministro. Una vivienda que no se puede habitar ni alquilar durante dos años por culpa del abandono genera un perjuicio indemnizable: consérvese toda prueba del alquiler perdido o del alquiler que hubo que seguir pagando en otro lugar.

Conviene conocer un matiz importante del artículo 1794 del Código civil: en un contrato a precio alzado, el cliente puede rescindir por su sola voluntad aunque la obra ya haya empezado, pero indemnizando al empresario de todos sus gastos, sus trabajos y todo lo que hubiera podido ganar. Traducción libre al español: usted puede despedir al artesano cuando quiera, pero pagándole lo gastado, lo trabajado y el beneficio esperado. Por eso, cuando hay un abandono culpable, es mucho mejor pedir la resolución por culpa del profesional (artículos 1224 y siguientes) que rescindir sin motivo: en el primer caso es él quien le debe a usted, no al revés.

Y una vez terminada y recibida la obra, entran en juego las garantías legales posteriores, que conviene conocer aunque el abandono se haya superado. Los elementos de equipamiento tienen una garantía de buen funcionamiento de dos años como mínimo desde la recepción, según el artículo 1792-3 del Código civil. Los daños que comprometan la solidez o hagan la obra impropia para su destino activan la garantía decenal del artículo 1792, una responsabilidad de pleno derecho del constructor, y el artículo 1792-1 reputa constructor a todo empresario ligado al cliente por un contrato de obra: su artesano también lo es. Esas responsabilidades se extinguen a los diez años desde la recepción, como fija el artículo 1792-4-1. Dos sentencias de la Corte de Casación, tercera sala civil, publicadas en el Boletín, precisan cuándo empieza a correr ese plazo: la de 30 de enero de 2019, recurso 18-10.197, juzgó que el pago de la totalidad de los trabajos de un lote y su toma de posesión por el cliente hacen presumir la recepción tácita, sin necesidad de que toda la obra esté terminada; y la de 12 de noviembre de 2020, recurso 19-18.213, confirmó que esa recepción tácita marca el inicio de la garantía decenal y que una instalación de climatización defectuosa por falta de potencia, incapaz de funcionar con gran frío o fuerte calor, hace la obra impropia para su destino. No pague el saldo a la ligera: pagar todo y ocupar la casa puede valer como recepción tácita.

Dos últimos recordatorios de plazo y de procedimiento. Las acciones personales prescriben a los cinco años desde que el titular conoció o debió conocer los hechos, según el artículo 2224 del Código civil: no deje dormir el expediente. Y para trabajos de construcción de cierta entidad, quien encarga la obra debe suscribir antes de la apertura del chantier el seguro de daños a la obra, la assurance dommages-ouvrage, que garantiza el pago de las reparaciones sin esperar a discutir responsabilidades, conforme al artículo L242-1 del Código de seguros. El tribunal competente es el tribunal judiciaire, el tribunal judicial, y la DGCCRF recuerda que la asistencia de abogado es obligatoria cuando el litigio supera los 10.000 euros. Ante la duda sobre el seguro del artesano, exija siempre su certificado de seguro decenal antes de firmar: un profesional sin seguro es un riesgo que ningún anticipo compensa.

Conclusión

Si el artesano ha desaparecido a mitad de la reforma de su casa en Francia, retenga este orden de actuación. Primero, fije la prueba: presupuesto firmado, justificantes de anticipos, correos de reclamación y promesas incumplidas, fotografías fechadas y, cuanto antes, un acta de commissaire de justice y, si hay defectos técnicos, un informe de perito. Segundo, envíe el requerimiento formal por carta certificada con acuse de recibo, recordando la fecha de entrega, fijando un plazo para retomar y advirtiendo expresamente de la resolución, y convoque al profesional a la recepción de la obra. Tercero, si el silencio persiste, acuda al juez de medidas provisionales para que autorice terminar la obra con otra empresa a costa del incumplidor, con un presupuesto ceñido a las reservas del acta. Cuarto, pida la resolución judicial del contrato, la restitución de lo pagado sin contrapartida y la indemnización del perjuicio de goce y demás daños, dentro del plazo de cinco años de las acciones personales. Y quinto, una vez recibida la obra, use las garantías del año de perfecto acabado, de los dos años de los equipamientos y de los diez años de la decenal, sin olvidar que pagar todo y ocupar la casa puede valer como recepción tácita.

Ningún tribunal devuelve el tiempo perdido, pero un expediente bien construido desde la primera semana convierte un abandono en una condena: restitución del anticipo, obra terminada por otro a costa del culpable e indemnización del perjuicio. Guarde cada documento, no pague de más y haga correr las fechas con cartas certificadas.

Source : Cour de cassation – Base Open Data « Judilibre » & « Légifrance ».